viernes, 21 de noviembre de 2008

Actividades por la NO violencia de genero

Las actividades que se realizarán este fin de semana son:

· Viernes 21: A las 10:30 horas se colgará una bandera Violeta (color del Feminismo) en el Balcón de la Presidencia del Concejo Municipal de Rosario.

· Sábado 22: Salida a las 9 hrs. desde la puerta del Consejo Municipal de la Ciudad, de allí recorreremos la peatonal hasta la Plaza Pringues (Paraguay y Córdoba). Allí, desde las 10 y hasta la 1, repartiremos una Postal Conmemorativa y se entregarán lazos Violetas.

· Domingo 23: “Música por la NO violencia” desde las 17 hrs. en las 4 plazas (Mendoza y Pcias. Unidas)

Estas actividades han sido declaradas de Interés Municipal por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Rosario.

SUMATE!!

Día Internacional para la eliminación de todo tipo de violencia contra la mujer.

Desde Alternativa Popular Universitaria seguimos trabajando fuertemente en defensa de los derechos de los sectores populares y de las clases dominadas. Es por eso que en las últimas semanas nos abocamos a concienciar al pueblo sobre una de las mas indignas violaciones a los Derechos Humanos en al actualidad, la violencia contra las mujeres.

Ya desde 1981, en Latinoamérica, se conmemora el 25 de noviembre como el “Día de la No Violencia contra la Mujer”. El origen de esta conmemoración se remonta a 1960, año en el que fueron brutalmente asesinadas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal en República Dominicana por su activismo político. Éstas mujeres tuvieron la valentía de luchar por la libertad política de su país; éstas hermanas se opusieron a una de las tiranías más tenaces que ha tenido Latinoamérica, la de Rafael Leonidas Trujillo. Por esta actitud fueron perseguidas, encarceladas varias veces y finalmente brutalmente asesinadas el 25 de noviembre de 1960.

En 1994 la “Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer” (Convención De Belem Do Pará), definió la violencia contra las mujeres como “(…) cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.” 5 años después a través de la Resolución 54/134, las Naciones Unidas se plegaron a esta conmemoración.

De acuerdo a un registro de de la prensa argentina en 2004 hubo 34 feminicidios (muerte violenta de mujeres por cuestiones de género), en 2005 hubo 38 y 56 en el año 2006. Según el último informe de Amnesty Internacional, entre Enero y Julio de este año en la Argentina murieron 81 mujeres por causas vinculadas a la violencia familiar. Duplicando las cifras de violencia registradas durante 2007.

Según una investigación realizada por Amnesty Internacional de Argentina, cada dos días y medio una mujer muere como consecuencia de las agresiones de esposos y/o parejas.
Todos estos números solo plantean una cara del problema, porque existe también un importante costo que no es cuantificable, que genera incertidumbre, complejos. El miedo y la vergüenza siguen impidiendo que muchas mujeres denuncien su situación.

Las soluciones a estos flagelos no son soluciones simples, sino integrales multidimensionales, implican la superación de numerosas construcciones sociales, implica derribar trabas culturales impuestas durante siglos. Las leyes por si solas tienen sombras que no garantizan la completa solución de problemáticas como ésta. Es necesaria la toma de conciencia porque no puede haber Justicia Social en una sociedad sin igualdad de oportunidades.

Con este objetivo desde Alternativa Popular Universitaria estamos realizando actividades para que entre todos podamos erradicar de nuestra sociedad todo tipo de violencia de género, para que podamos tener un presente mejor en una sociedad más justa, libre y soberana.

Si querés participar u obtener más información comunicate a apurosario@gmail.com.

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domingo, 2 de noviembre de 2008

Debate- 1/2 boleto interurbano

La Universidad Pública y gratuita y de Acceso Irrestricto es nuestro Derecho, la universidad debe ser de todos! Los aumentos del transporte interurbano provocan que cada vez sea más caro y más difícil acceder a la Universidad, especialmente para aquellas personas que no son de la Ciudad de Rosario.
El cambio viene de la mano de MÁS política, MÁS participación. Vení a apoyar el nuevo proyecto de Medio Boleto Interurbano!!
Este lunes a las 20 hrs. disertará Luís Daniel Rubeo, autor del proyecto de medio Boleto interurbano Universitario, para que todos podamos acceder a nuestros derechos con igualdad de oportunidades.

Te esperamos este Lunes 3 de noviembre a las 20 hrs. en el aula 204 (frente a la mesa de A.P.U.) Facultad de Ciencia Política para interiorizarnos sobre el proyecto de Medio Boleto Interurbano Universitario, y entre todos apoyarlo para hacerlo realidad cuanto antes!

1/2 boleto interurbano Universitario

PROYECTO DE LEY

La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de

Ley




Artículo 1º- Créase en la provincia de Santa Fe el “Medio Boleto Universitario” en beneficio a los estudiantes universitarios y/o terciarios, que hagan uso del transporte interurbano de pasajeros.


Artículo 2º- El Medio Boleto Universitario permitirá a los estudiantes universitarios y/o terciarios de institutos de enseñanza pública a utilizar los servicios de transporte público interurbano de pasajeros dentro del territorio provincial abonando el cincuenta por ciento (50%) del precio del boleto. Dicho beneficio tendrá vigencia durante el ciclo lectivo anual y siempre que el traslado sea para la asistencia a los establecimientos educacionales.


Artículo 3º- A los efectos de poder acceder a los beneficios del Medio Boleto Universitario, los estudiantes deberán acreditar su condición de alumnos regulares de la institución a la que asisten, ante la autoridad que establezca la reglamentación de la presente ley.


Artículo 4º- Las empresas que brinden el servicio de transporte interurbano en territorio santafesino gozarán de un crédito fiscal en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, equivalente a la sumatoria de lo que dejaron de percibir por la aplicación del beneficio previsto en la presente ley. Asimismo, se las compensará por lo gravado en exceso en concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos.


Artículo 5º- La Autoridad de Aplicación de la presente ley será la Subsecretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de la Producción, quien reglamentará las formas que deberán reunir las acreditaciones de los estudiantes y los requisitos a cumplir por las empresas que brinden el servicio de transporte interurbano en territorio santafesino, para alcanzar la compensación económica prevista en el artículo N° 4 y a fin de costear la aplicación del artículo N° 2 de la presente ley.


Artículo 6º- De forma.-





Fundamentos:


Señor Presidente:


En la era del conocimiento resulta fundamental la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior, ya que reconocemos a esta como un eje fundamental para el desarrollo de toda sociedad. Sin embargo, en muchos casos esta igualdad de oportunidades se ve distorsionada por los distintos gastos que muchos estudiantes deben afrontar para acceder a ese nivel educativo.

En este sentido, se distinguen dos grupos de estudiantes. Por un lado, los estudiantes universitarios y/o terciarios que no cuentan en sus ciudades de origen con casas de altos estudios, y por otro aquellos que tienen residencia en las ciudades de Santa Fe y Rosario, donde se erigen reconocidas instituciones de enseñanza estatal.

El primero de los grupos de estudiantes, aquellos que residen en el resto de la provincia, representa al 28,5% del total de la matrícula de la Universidad Nacional de Rosario. Si cuantificamos este porcentaje, estamos hablando de una cifra que asciende a la cantidad de 20.975 estudiantes que residen fuera de Rosario y en el resto de la provincia.

En tanto, en la Universidad Nacional del Litoral de la ciudad de Santa Fe estudian 9.946 alumnos residentes en el resto de la provincia lo que representa el 27,5 % del total de la matrícula de la casa de altos estudios santafesina.

La contundencia de estos datos nos dice que aproximadamente 30.921 economías familiares tienen que hacer frente a los costos del transporte de pasajeros de media y larga distancia.

El traslado a dichos centros urbanos es uno de los principales costos, sino obstáculo, que se tiene que afrontar en la instancia de estudios superiores. Es por ello que entendemos que los costos del boleto interurbano de pasajeros atentan contra la igualdad de oportunidades garantizada en el Art. 4º de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206. “El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, (…)”. Y en su Art. 7º “El Estado garantiza el acceso de todos los ciudadanos a la información y al conocimiento como instrumentos centrales de la participación en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social”.

La ley precedentemente mencionada es tajante en su Art. Nº 11 Inc. a) cuando describe como fin y objetivo de la política educativa nacional el “(…) asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales”.

Asimismo, debemos atender al espíritu y la letra de la Constitución Nacional, por la cual es función social del Estado disponer de todos los medios a su alcance para cimentar las bases del saber fomentando las ciencias, las artes y la técnica bajo el amparo de la enseñanza universitaria y/o terciaria ya que para el crecimiento y desarrollo de la provincia de Santa Fe, la educación superior de nuestros ciudadanos es de vital importancia.

Por ello creemos que es el Estado provincial quien debe asumir la responsabilidad y arbitrar los medios necesarios para hacer posible la franquicia, haciéndose cargo de los costos generados a fin de que ésta no caiga sobre el bolsillo del resto de los pasajeros.

Se busca dar respuesta a una demanda reiterada que a motivado la presentación en esta misma Cámara de Diputados de varios proyectos de distintos Bloques con la misma finalidad de solucionar el grave problema que supone para los estudiantes de la educación superior, afrontar el costo del transporte interurbano.

El 22 de junio del 2004 fueron tratados conjuntamente los expedientes de ley Nº 11948 (P.J.), 11938 (P.D.P.), 11941 (U.C.R.), 12798 (P.P.S) los cuales contaron en su momento con media sanción.

En el 2007 fueron presentados otros 2 proyectos referidos a esta temática. El expediente de ley Nº 19207 del Diputado Real (PDP) presentado el 08 de junio, y el expediente de ley Nº 19908 de la Diputada Benitez (PPS) presentado el 06 de diciembre.

Con todos estos proyectos como antecedentes, y con el convencimiento de que se trata de un tema prioritario vinculado al presente y al futuro de nuestra provincia y de su gente, y con la convicción de que debe ser el Estado, y no las empresas, quien tiene que hacerse cargo de los costos que éste beneficio genere, presentamos el presente proyecto que en parte se nutre de las posturas adoptadas por los diferentes bloques, innovando en la estipulación de un mecanismo de compensación a las empresas de transporte público interurbano de pasajeros tanto por el menor precio del boleto recibido (debido a la aplicación del beneficio a los estudiantes) como por el excedente gravado de impuesto sobre los Ingresos Brutos (gravación al descuento realizado).

Por lo que se solicita la aprobación del presente Proyecto de Ley.