jueves, 31 de diciembre de 2009

miércoles, 30 de diciembre de 2009

Algunas de las actividades de Alternativa Popular en 2009

Estas son algunas de las actividades realizadas desde Alternativa Popular en este 2009.
Por un año que concluye que fue muy bueno, a modo de balance y también de deseo de un 2010 aún mejor para todos y todas!
FELICIDADES, BUEN AÑO Y BUENA VIDA PARA TODAS Y TODOS!
(A!)

jueves, 6 de agosto de 2009

Super chocolatada por el Día del Niño

Desde Alternativa Popular, a través de la Dirección Nacional de Juventud, el 9 de Agosto a partir de las 14:00 hs. festejaremos el “Día del Niño”, junto a los chicos y vecinos del barrio Alvear; en el playón deportivo ubicado en Pje. Ancón y Saavedra (Bv. Seguí y Avellaneda).

Llevaremos adelante una jornada de recreación y juegos en dónde compartiremos una tarde con torneíto de fútbol, música, globos y una chocolatada caliente con los más pequeños del barrio.

Te invitamos a que nos acompañes y nos des una mano para regalarles una sonrisa a los chicos en su día!!!!!
Además seguimos con la colecta de juguetes para todo el mes del niño! trae tu juguete a 9 de julio 679 o comunicate al 4263001, hacé feliz a un niño en este mes del niño, para que todos y todas puedan festejar en su día!

Si te interesa escribí a alternativapopularsf@gmail.com o llamá al 4263001.

SUMATE!

Encuentro de Voluntariado Universitario "Jóvenes Comprometidos por un Nuevo País"

NO HAY EXCELENCIA ACADÉMICA SIN COMPROMISO SOCIAL


En el marco del Programa Nacional de Voluntariado Universitario del Ministerio de Educación de la Nación, el día 18 de Junio, se llevó adelante el segundo encuentro de voluntariado “Jóvenes Comprometidos Por un Nuevo País ”; en esta oportunidad el taller se desarrolló en la escuela Jesús de Nazareth, más conocida como "La Oblatas" ubicada en San Martín y Arijón.
La jornada, que contó con la participación de aproximadamente 100 chicos de 5ª, consiste en un simulacro de “Primer Voto", en dónde los jóvenes eligen en base a la plataforma expuesta por tres candidatos (voluntarios universitarios) de diferente tinte ideológico que debaten temáticas como el “rol del Estado”, la “Seguridad”, los “Derechos Humanos”, entre otras. Esto se conjuga con una introducción en dónde se explica la ley “Internas Abiertas Simultáneas y Obligatorias” que rige en nuestra provincia y se la compara con la ley de Lemas precedente, también se explica cómo votar y se dan ejemplos de lo que sería un voto nulo, voto en blanco, voto impugnado, voto recurrido. Después del escrutinio se hace un balance grupal.
El objetivo que motoriza al Voluntariado es acercar a los jóvenes a lo que sería la participación en un comicio pero además se persigue que puedan identificar y debatir las diferentes temáticas tratadas, siempre guiados por la convicción de acercar la universidad las necesidades de la sociedad.

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lunes, 30 de marzo de 2009

Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

Según informó la Presidenta el día 16 de marzo en La Plata, se podrá debatir el proyecto durante 60 días en todo el país para luego enviar el resultado al Congreso de la Nación.
Mandanos un mail a apurosario@gmail.com si querés formar parte de este debate que tambien tocará nuestra ciudad para fines de abril. Sumate!


Podés descargar el proyecto completo en pdf en la página que figura a continuación:

www.comfer.gov.ar/web/blog/wp-content/uploads/2009/03/ley-final-sin-marcas.pdf

Estas son las bases del proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual:

1.- Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos.

2.- La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información.

3.- Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.

4.- Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante.

5.- La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversisdad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión.

6.- Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos.

7.- El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales.

8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo.

9.- Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica.

10.- No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.

11.- Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales.

12.- Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales.

13.- Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad.

14.- La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales.

15.- La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia.

16.- Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional.

17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad.

18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia.

19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales.

20.- Se creará la figura de la “Defensoría del público”, con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público.

21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional

Jornadas Solidarias





La Directora Nacional de Juventud Mariana Gras Buscetto participó del lanzamiento de las Jornadas Juveniles Solidarias Jóvenes Padre Mugica en la provincia de Santa Fe. Mariana estuvo acompañada por diferentes grupos de juventud de Rosario,Santa Fe y otras localidades de la provincia, convocados para la oportunidad por el Instituto Santafesino de Políticas Públicas y la agrupación ALTERNATIVA POPULAR UNIVERSITARIA

La Jornada se realizó en la Biblioteca Popular “La Memoria de Nuestro Pueblo”, ubicada en Cerrito y Juan Manuel de Rosas (Rosario), el lunes 16 de marzo.

En la actividad, se ordenó material bibliográfico del Ministerio de Educación de la Nación para ser enviado a escuelas primarias del norte de la provincia. Además, Gras Buscetto desarrolló las líneas de acción del Programa Jóvenes Padre Mugica.

Esta fue sólo la primera de una numerosa serie de actividades y jornadas que la Dirección Nacional de Juventud realizará en la provincia.

Te invitamos a sumarte en la organización de las futuras actividades aportando ideas y fundamentalmente, muchas ganas!

jueves, 12 de febrero de 2009

Apoyemos una nueva Ley de Radiodifusión

Apoyemos una nueva Ley de Radiodifusión

Ley de radiodifusion Argentina Vs las de Francia y EEUU: ¡una verguenza!


¿Sabías que la ley de radiodifusión vigente en Argentina la dictó Videla en 1980?
¿Sabías que la ley de radiodifusión Argentina permite que una sola persona posea 24 medios de comunicación en el país!!??
¿Sabías que en Francia, p.ej., una sola persona no puede tener ni controlar NI SIQUIERA más del 49% de un canal de TV?!
¿Sabías que en EEUU, p.ej., NADIE puede tener ni controlar un diario y un canal de TV si ambos tienen una región de cobertura en común?!
Vaya diferencia con la Argentina.... ¿no?
Desde la Comisión de Medios Audiovisuales del Espacio Carta Abierta hacemos esta campaña para concientizarnos a los argentinos de cómo la actual ley de radiodifusión en Argentina perjudica profundamente a la Democracia y cómo, en los países denominados del "primer mundo", ya se dieron cuenta que una democracia sólo puede funcionar bien si la prensa es LIBRE y PLURAL. Si los medios de comunicación de un país son dominados por dos o tres personas, la democracia es afectada por la falta de libertad de información.

Desde esta Comisión de Carta Abierta hemos hecho esta historieta gráfica en la cual se compara la situación en los tres países, y la comparación es INCREÍBLE, ¡mirala!

Muchas gracias por tu tiempo y colaboración. Averiguá más sobre todo esto y acercate a colaborar con nosotros en www.mediosencartaabierta.org