lunes, 30 de marzo de 2009

Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

Según informó la Presidenta el día 16 de marzo en La Plata, se podrá debatir el proyecto durante 60 días en todo el país para luego enviar el resultado al Congreso de la Nación.
Mandanos un mail a apurosario@gmail.com si querés formar parte de este debate que tambien tocará nuestra ciudad para fines de abril. Sumate!


Podés descargar el proyecto completo en pdf en la página que figura a continuación:

www.comfer.gov.ar/web/blog/wp-content/uploads/2009/03/ley-final-sin-marcas.pdf

Estas son las bases del proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual:

1.- Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos.

2.- La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información.

3.- Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.

4.- Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante.

5.- La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversisdad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión.

6.- Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos.

7.- El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales.

8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo.

9.- Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica.

10.- No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.

11.- Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales.

12.- Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales.

13.- Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad.

14.- La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales.

15.- La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia.

16.- Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional.

17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad.

18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia.

19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales.

20.- Se creará la figura de la “Defensoría del público”, con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público.

21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional

Jornadas Solidarias





La Directora Nacional de Juventud Mariana Gras Buscetto participó del lanzamiento de las Jornadas Juveniles Solidarias Jóvenes Padre Mugica en la provincia de Santa Fe. Mariana estuvo acompañada por diferentes grupos de juventud de Rosario,Santa Fe y otras localidades de la provincia, convocados para la oportunidad por el Instituto Santafesino de Políticas Públicas y la agrupación ALTERNATIVA POPULAR UNIVERSITARIA

La Jornada se realizó en la Biblioteca Popular “La Memoria de Nuestro Pueblo”, ubicada en Cerrito y Juan Manuel de Rosas (Rosario), el lunes 16 de marzo.

En la actividad, se ordenó material bibliográfico del Ministerio de Educación de la Nación para ser enviado a escuelas primarias del norte de la provincia. Además, Gras Buscetto desarrolló las líneas de acción del Programa Jóvenes Padre Mugica.

Esta fue sólo la primera de una numerosa serie de actividades y jornadas que la Dirección Nacional de Juventud realizará en la provincia.

Te invitamos a sumarte en la organización de las futuras actividades aportando ideas y fundamentalmente, muchas ganas!

jueves, 12 de febrero de 2009

Apoyemos una nueva Ley de Radiodifusión

Apoyemos una nueva Ley de Radiodifusión

Ley de radiodifusion Argentina Vs las de Francia y EEUU: ¡una verguenza!


¿Sabías que la ley de radiodifusión vigente en Argentina la dictó Videla en 1980?
¿Sabías que la ley de radiodifusión Argentina permite que una sola persona posea 24 medios de comunicación en el país!!??
¿Sabías que en Francia, p.ej., una sola persona no puede tener ni controlar NI SIQUIERA más del 49% de un canal de TV?!
¿Sabías que en EEUU, p.ej., NADIE puede tener ni controlar un diario y un canal de TV si ambos tienen una región de cobertura en común?!
Vaya diferencia con la Argentina.... ¿no?
Desde la Comisión de Medios Audiovisuales del Espacio Carta Abierta hacemos esta campaña para concientizarnos a los argentinos de cómo la actual ley de radiodifusión en Argentina perjudica profundamente a la Democracia y cómo, en los países denominados del "primer mundo", ya se dieron cuenta que una democracia sólo puede funcionar bien si la prensa es LIBRE y PLURAL. Si los medios de comunicación de un país son dominados por dos o tres personas, la democracia es afectada por la falta de libertad de información.

Desde esta Comisión de Carta Abierta hemos hecho esta historieta gráfica en la cual se compara la situación en los tres países, y la comparación es INCREÍBLE, ¡mirala!

Muchas gracias por tu tiempo y colaboración. Averiguá más sobre todo esto y acercate a colaborar con nosotros en www.mediosencartaabierta.org


viernes, 21 de noviembre de 2008

Actividades por la NO violencia de genero

Las actividades que se realizarán este fin de semana son:

· Viernes 21: A las 10:30 horas se colgará una bandera Violeta (color del Feminismo) en el Balcón de la Presidencia del Concejo Municipal de Rosario.

· Sábado 22: Salida a las 9 hrs. desde la puerta del Consejo Municipal de la Ciudad, de allí recorreremos la peatonal hasta la Plaza Pringues (Paraguay y Córdoba). Allí, desde las 10 y hasta la 1, repartiremos una Postal Conmemorativa y se entregarán lazos Violetas.

· Domingo 23: “Música por la NO violencia” desde las 17 hrs. en las 4 plazas (Mendoza y Pcias. Unidas)

Estas actividades han sido declaradas de Interés Municipal por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Rosario.

SUMATE!!

Día Internacional para la eliminación de todo tipo de violencia contra la mujer.

Desde Alternativa Popular Universitaria seguimos trabajando fuertemente en defensa de los derechos de los sectores populares y de las clases dominadas. Es por eso que en las últimas semanas nos abocamos a concienciar al pueblo sobre una de las mas indignas violaciones a los Derechos Humanos en al actualidad, la violencia contra las mujeres.

Ya desde 1981, en Latinoamérica, se conmemora el 25 de noviembre como el “Día de la No Violencia contra la Mujer”. El origen de esta conmemoración se remonta a 1960, año en el que fueron brutalmente asesinadas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal en República Dominicana por su activismo político. Éstas mujeres tuvieron la valentía de luchar por la libertad política de su país; éstas hermanas se opusieron a una de las tiranías más tenaces que ha tenido Latinoamérica, la de Rafael Leonidas Trujillo. Por esta actitud fueron perseguidas, encarceladas varias veces y finalmente brutalmente asesinadas el 25 de noviembre de 1960.

En 1994 la “Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer” (Convención De Belem Do Pará), definió la violencia contra las mujeres como “(…) cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.” 5 años después a través de la Resolución 54/134, las Naciones Unidas se plegaron a esta conmemoración.

De acuerdo a un registro de de la prensa argentina en 2004 hubo 34 feminicidios (muerte violenta de mujeres por cuestiones de género), en 2005 hubo 38 y 56 en el año 2006. Según el último informe de Amnesty Internacional, entre Enero y Julio de este año en la Argentina murieron 81 mujeres por causas vinculadas a la violencia familiar. Duplicando las cifras de violencia registradas durante 2007.

Según una investigación realizada por Amnesty Internacional de Argentina, cada dos días y medio una mujer muere como consecuencia de las agresiones de esposos y/o parejas.
Todos estos números solo plantean una cara del problema, porque existe también un importante costo que no es cuantificable, que genera incertidumbre, complejos. El miedo y la vergüenza siguen impidiendo que muchas mujeres denuncien su situación.

Las soluciones a estos flagelos no son soluciones simples, sino integrales multidimensionales, implican la superación de numerosas construcciones sociales, implica derribar trabas culturales impuestas durante siglos. Las leyes por si solas tienen sombras que no garantizan la completa solución de problemáticas como ésta. Es necesaria la toma de conciencia porque no puede haber Justicia Social en una sociedad sin igualdad de oportunidades.

Con este objetivo desde Alternativa Popular Universitaria estamos realizando actividades para que entre todos podamos erradicar de nuestra sociedad todo tipo de violencia de género, para que podamos tener un presente mejor en una sociedad más justa, libre y soberana.

Si querés participar u obtener más información comunicate a apurosario@gmail.com.

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